NUEVA RESOLUCION PRESIDENCIA ALDAJCRI
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Av. Ppal. Las Fuentes cruce con Av. Miranda, Quinta Coromoto, Nº 02-22, Urbanización Las Fuentes, El Paraíso, Caracas - venezuela, Zona Postal 1020.
SERVITRON TECHNOLOGIES, C.A.
RIF | J309459708 |
ESTATUTO OFICIAL ALDACRIJ CHILE
Estatutos: Dr. Juan Sosa Presidente de ALDAJCRI de Venezuela. Hoy día Martes (05) de Mayo del 2020, cumplo con el deber de informar sobre la creación de: ALDAJCRI REGION CHILE, a cargo de la Ciudadana: Dra. Marianny A. Andueza. titular de la Cédula de identidad numero (se omite por seguridad) de Profesión Anatomista A. Reconstructivo (Colombia), Investigador Criminal Acreditado (Venezuela), Perito en Grafoanálisis Forense (Madrid) y Abogado (Venezuela) con el cargo de Director Aldajcri Jurisdicción Chile. Ciudadano: Dr. Manuel D. Ceballos titular de la Cédula de identidad numero (se omite por seguridad) de Profesión Doctor en ciencias médica, residente de Radioimágenes (Venezuela), con el cargo de Sub Director de Aldajcri Región Chile.
Sirva la presente para dar inicio a la coordinación de las actividades en el País Chile bajo los siguientes Artículos normativos:
Creación Oficial
•ARTÍCULO 1: Crear la Aldajcri Región Chile, la cual estará adscrita a la Aldajcri Internacional Venezuela, con el código: G06/A.R.I/N: 05052020.
•Órgano Rector de Aldajcri Región Chile:
ARTICULO 2: La Asociación Latinoamericana de Asesoría Jurídica y Criminalística (Siglas: ALDAJCRI), es el órgano rector de la Aldajcri Región Chile, de sus departamentos, comisiones y servicios, creados para el mejor funcionamiento del objeto de la asociación en la ejecución de sus actividades.
• Rectoría de la Aldajcri Región Chile:
ARTÍCULO 3: El Presidente de la Asociación Latinoamericana de Asesoría Jurídica y Criminalística (A.L.D.A.J.CRI), ejerce la rectoría internacional de la función de los miembros oficiales, así como su dirección en las oficinas de consultoría técnica.
• Sede Oficial Internacional:
ARTÍCULO 4: La Aldajcri Región Chile, tendrá su sede principal en la Ciudad de Santiago de Chile, Región Metropolitana, pudiendo constituirse sedes regionales a nivel nacional, previa autorización del Órgano Rector.
• Servicio que Prestara:
ARTÍCULO 5: La Aldajcri Región Chile, será una dependencia permanente internacional de la Aldajcri internacional de Venezuela, cuyo servicio será de asesoría y asistencia técnica pericial en derecho y criminalística y estudios avanzados para la formación, capacitación, investigación y divulgación en temas de derechos humanos y la ciudadanía desde perspectivas de formación.
• Fines de la Aldajcri Región Chile:
ARTÍCULO 6: La Aldajcri Región Chile, tendrá los siguientes fines:
1. Desarrollar actividades de formación de consultores técnicos y peritos en materia de Asesoría jurídica y criminalística, dirigidas a todas las personas, organizaciones interesadas en los temas de formación.
2. Desarrollar actividades de investigación académica en materia de derechos humanos.
3. Divulgar los derechos humanos a través de cualquier medio.
4. Promover la participación y articulación de sus miembros en el sistema integrado de Aldajcri Región Chile.
5. Ofrecer una sólida formación desde la teoría y la práctica en el ámbito de la asesoría Jurídica, la Criminalística y los derechos humanos que permita comprender, interpretar, y actuar en los procesos laborales de sus miembros.
6. Promover el estudio de los derechos humanos bajo los principios de complejidad, emitidos por la ONU, ofreciendo una formación filosófica, teórica y metodológica que permita comprender e interpretar críticamente los derechos humanos.
7. Ofrecer una formación integral que permita incorporar conocimientos teóricos, herramientas metodológicas y destrezas técnicas en la asesoría y asistencia pericial.
• Sistema Integrado Operativo:
ARTÍCULO 7: El Sistema Integrado operativo de la Aldajcri Región Chile, estará integrado por la DIRECCIÓN GENERAL ALDAJCRI REGIÓN CHILE, la cual tendrá las siguientes coordinaciones:
a) Consultoría técnica Jurídica.
b) Secretaría General Aldajcri.
c) Oficina de Recursos Humanos.
d) Dirección de Educación en Derecho y Criminalística (DIEDCRI).
e) Oficina de Administración y Finanzas.
f) Oficina de Comunicaciones y Relaciones Interinstitucionales.
g) Oficina técnica de asesoría y Atención al Cliente.
h) Oficina de Tecnologías e informática.
i) Coordinación de Publicaciones y Medios informativos.
j) Coordinación de Interacción con la Comunidad y apoyo social.
k) Oficina Administrativa
• Dirección de Educación y Formación:
ARTÍCULO 8: La Aldajcri Región Chile, contara con una dirección de educación y formación académica, funcional, la cual será:
La DIEDCRI: Dirección de Educación en Derecho y Criminalística. La Diedcri, será una instancia académica destinada a la formación de talento humano profesional, para la creación y desarrollo de especialistas de alto nivel en consultoría técnica pericial y derechos humanos, mediante estudios de nivel básico, medio y de alto nivel en formación de Derecho y Criminalística.
• Requisitos de Admisión:
ARTÍCULO 9: Requisitos de Admisión en la Aldajcri.
Recaudos obligatorios:
1. Proceso de ingreso y registro se realizara vía correo eletrónico por: direccionaldajcrichile@gmail.com, donde posteriormente daremos conocimiento público con todas las diligencias pertinentes en la página oficial de Aldajcri RRHH en Facebook y su coordinación principal.
2. Llenar la carta de solicitud de ingreso a la Aldajcri Región Chile.
3. Mayor del 18 años
4. Copia de la Cédula de identidad.
5. Una foto tipo carnet fondo blanco tomada directo con un celular.
6. Síntesis curricular .
7. Copia del título o Certificado solicitado.
8. Constancia de pago del aporte de ingreso.
Observación: Todos los recaudos deben ser enviados por el Correo:
• direccionaldajcrichile@gmail.com
• Formación Continua de los Miembros
ARTÍCULO 10: De la formación continua y la acreditación
La formación continua es obligatoria y principio fundamental de la capacitación para el desempeño de las funciones y ascensos del miembro oficial de Aldajcri, a los fines de lograr permanente actualización y niveles adecuados de respuesta de los miembros oficiales y de sus
exigencias.
• Jerarquías Internas Aldajcri
ARTÍCULO 11: De los rangos jerárquicos internos.
La estructura de los rangos jerárquica internos y sus funciones en la Aldajcri, así como las competencias y habilidades requeridas para cada nivel, serán establecidos vía reglamentaria por el Presidente Internacional de Aldajcri, teniendo las siguientes Jerarquías:
1) Miembro Voluntariado.
2) Miembro Matete (Alumno de la DIEDCRI)
3) Oficial
4) Oficial director
5) Oficial director jefe
6) Supervisor
7) Supervisor director
8) Supervisor director jefe
9) Comisionado
10) Comisionado director
11) Comisionado director jefe
12) Alto sub comisionado
13) Alto comisionado
14) Alto comisionado director
15) Alto comisionado director jefe
16) Alto comisionado director general (fundador de Aldajcri).
• Ascensos y Cargos:
ARTÍCULO 12: Del ascenso administrativo y del cargo.
Los miembros oficiales de Aldajcri, que hayan cumplido el tiempo requerido de servicio, que posean las credenciales académicas correspondientes, que cumplan con los méritos de servicio y aprueben las evaluaciones correspondientes, ascenderán administrativamente en la estructura correspondiente, sin que ello signifique derecho a ocupar un cargo específico dentro de la coordinación estadal o municipal, según sea el caso, lo cual dependerá de la disponibilidad efectiva.
• Del Egreso de los Miembros.
ARTÍCULO 13: Del retiro de los miembros oficiales de la Aldajcri.
El retiro de los miembros oficiales de Aldajcri, procederá en los siguientes casos:
a) Renuncia escrita del miembro oficial debidamente aceptada.
b) Renuncia o pérdida de la membrecía por incumplimiento de funciones.
c) Condena penal definitivamente firme.
d) Destitución del miembro por falta grave código rojo.
e) Fallecimiento.
• Regulamiento Administrativo:
Artículo 14: El funcionamiento, estructura organizativa y demás aspectos relacionados con la Aldajcri Región Chile, serán regulados por el Reglamento General interno de Aldajcri Internacional de Venezuela.
• Aldajcri Internacional Autoriza:
Artículo 15: Se autoriza al Director o Directora General de la Aldajcri Región Chile, para realizar los trámite pertinentes administrativo de legalidad y de ingreso de miembros para el desarrollo del servicio de la Aldajcri Región Chile, conforme con la normativa establecida por el Órgano rector internacional, que rige al respecto.
• Reconocimiento Público:
Artículo 16: La Presente Resolución tendrá vigencia a partir de su publicación en la página Oficial de Aldajcri de Venezuela.